Por Jorge MonroyMartes 24 de Enero de 2023 – 19:31
El INE alertó que la reforma electoral que impulsa el presidente López Obrador reducirá su plantilla laboral en un 85%% y tendrá repercusiones negativas en distintos productos y servicios del organismo electoral.
El Instituto Nacional Electoral (INE) dio a conocer su informe sobre las implicaciones que tendrán las reformas a las leyes secundarias en materia electoral (Plan B) que aprobaron una mayoría de Morena en el Congreso de la Unión a iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Apuntó que de las 2,571 plazas de cargos y puestos que conforman actualmente la estructura del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN), la reforma sólo contempla mantener 396 plazas, lo que significa la disminución de la estructura del 84.6% respecto a la conformación actual.
“La sustitución del personal profesional por contrataciones temporales, de gente que no se habrá sometido a estrictos procesos de selección como el concurso público para el ingreso al SPEN, no permitirá garantizar la independencia, profesionalismo, solvencia técnica y compromiso de quienes se recluten de forma ocasional”, alertó.
Resaltó que la reforma impacta fuertemente las finanzas del INE, pues propone liquidar a miles de trabajadores, quienes por ley tienen derecho legal a recibir tres meses de su remuneración y adicionalmente 20 días por cada año de servicio.
“Ello representa una franca afectación de los derechos laborales de personal que llegó a su cargo por concurso público, que es evaluado, formado y capacitado de forma permanente, a partir de lo cual desempeña su empleo en apego a los principios de independencia y autonomía. Así, la reforma compromete labores sustantivas del INE para organizar elecciones auténticas”, apuntó.
Detalló que la reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) contempla la reestructura organizacional del INE en sus órganos desconcentrados, y elimina las 300 Juntas Ejecutivas Distritales (JED) que son las encargadas de realizar el trabajo sustantivo, en todo el territorio nacional, para la preparación, organización y celebración de elecciones.
“En lugar de esos 300 cuerpos ejecutivos colegiados se propone que exista, en el mejor de los casos, una Oficina Auxiliar ocupada por una sola persona (vocalía operativa) que tendría, bajo su responsabilidad, las tareas legales que hoy corresponden, como marca la constitución, a órganos ejecutivos no unipersonales.
“Asimismo, se contempla reducir la estructura de las 32 Juntas Ejecutivas Locales que de cinco vocalías —las mismas que las de las Juntas Ejecutivas Distritales pues sus funciones son semejantes para cumplir con las atribuciones del INE— pasan a tres vocalías al eliminar la Vocalía Secretarial y fusionar la de Organización Electoral con la de Capacitación y Educación Cívica, recortando 262 plazas, 96 de las cuales son del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN)”, destacó.
Indicó que la reforma afecta de forma directa la actualización del Padrón Electoral y la cartografía electoral. “La integridad de ambos instrumentos se vería comprometida en su calidad y alcance y los trámites asociados a ellos, particularmente a nivel distrital, ya que afecta el vínculo de la ciudadanía con el Estado mexicano (representado en este caso por el INE)”, planteó.
Añadió que a nivel distrital se lesionan las tareas de actualización del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores, la depuración del mismo, así como la supervisión y seguimiento de las actividades que realizan los Módulos de Atención Ciudadana (MAC), que es donde la ciudadanía tramita su credencial para votar.
Y es que la reforma plantea que los MAC se instalen en oficinas gubernamentales, escuelas o centros de salud, “donde no hay garantía de que exista la infraestructura informática, de transmisión y resguardo de datos que permitan proteger datos personales sensibles como son las fotografías y las huellas dactilares de cada ciudadano”.
El informe aseveró que la desaparición de los vocales de capacitación en los 300 distritos electorales implica dañar las tareas de educación cívica permanentes y, sobre todo, no contar con el personal encargado de capacitar a 12 millones de ciudadanas y ciudadanos cada elección federal para integrar las Mesas Directivas de Casilla.
“En cada distrito, en promedio, se instalan cada que hay elecciones 550 casillas, y se visita en sus domicilios a 40,000 ciudadanas y ciudadanos para que funjan como funcionarios de casilla. El personal especializado a cargo de esa tarea simplemente desaparece con la reforma que compromete la instalación de las casillas y, con ello, arriesga el ejercicio del derecho al voto ciudadano”, destacó.
Señaló que prescindir de estos profesionales de la organización electoral en los 300 distritos y en las 32 entidades, compromete el pleno respeto al sufragio en México.
El informe recordó que la reforma suprime la Junta General Ejecutiva del INE, para ser sustituida por una Comisión de Administración integrada por cinco consejeros electorales, lo cual consideró que es contrario a la Constitución, porque distingue entre órganos de dirección y órganos ejecutivos.
Afectará procedimientos electorales
El documento mostró que el llamado “Plan B” plantea una serie de cambios que inciden en la organización de las elecciones, al grado de generar afectaciones al ejercicio de la función electoral, así como al ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de la ciudadanía.
Detalló que retrasa tanto el inicio del Proceso Electoral Federal como la instalación de los consejos locales y distritales. “En lugar de comenzar las actividades preparatorias de la elección durante la primera semana de septiembre, como hoy sucede, lo pospone a la tercera semana de noviembre del año previo de la elección”, apuntó.
Dijo que también se reducen los tiempos para reclutar y capacitar a asistentes electorales y, por consecuencia, se compromete la calidad de la integración y capacitación del funcionariado que integra las Mesas de Casilla, recibiendo y contando el voto de la ciudadanía.
Precisó que en año de elección de la Presidencia de la República, recorre el inicio de las precampañas de noviembre a la tercera semana de diciembre, pero no reduce su duración de 60 días ni los plazos para el registro de candidaturas, lo que implicaría que no haya espacio entre el fin de las precampañas y el registro de candidaturas para llevar a cabo elecciones internas de los partidos ni para resolver posibles impugnaciones.
El análisis del INE también plantea afectaciones al modelo de fiscalización electoral, toda vez que la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) deviene en Dirección Ejecutiva, lo cual consideró que es contrario a la Constitución que establece que la UTF debe gozar de autonomía técnica, la cual perdería al convertirse en Dirección Ejecutiva.
“La propuesta de reforma establece que, en ningún caso, se pueden suspender derechos o prerrogativas político-electorales de la ciudadanía derivado de sanciones administrativas o judiciales distintas de las penales, lo cual modifica el artículo 229, párrafo 4 de la LEGIPE y elimina la sanción relativa a la pérdida del registro de precandidatura o candidatura, en los casos en los que se omita presentar el informe de gastos, o se rebase el tope de estos”, señaló.
“Así, los partidos podrían establecer estrategias encaminadas a romper la equidad en la contienda mediante campañas costosas sin perder la postulación. Y sólo se deja la sanción económica establecida en la normatividad vigente, que consiste en un límite de 5,000 Unidades de Medida y Actualización, máxima sanción permitida, siempre y cuando la capacidad económica lo permita.
“La propuesta de reforma dispone que el INE únicamente podrá hacer la fiscalización de los procesos electorales y de participación o consulta ciudadana, así como actividades ordinarias del sistema de partidos políticos, en los que expresamente esté facultado, quitando de su ámbito de competencia la posibilidad de fiscalizar procesos como el de Revocación de Mandato u otros no previstos en la legislación”, refirió.
Alerta de posible uso de recursos públicos en campañas, e injerencia de servidores públicos
Respecto a las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social (LGCS), publicadas el 27 de diciembre de 2022, dijo que le dan a la propaganda gubernamental un predominantemente cariz presupuestal, de tal manera que lo que no se etiquete 12 como tal por los entes públicos obligados no se considerará propaganda, aunque implique el uso de recursos públicos.
Según el artículo 134 constitucional, la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan los poderes públicos, órganos autónomos, dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. También dispone que, en ningún caso, esta clase de propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Afirmó que el llamado “Plan B” no considera propaganda a la promoción no etiquetada presupuestalmente como tal o a través de manifestaciones de servidores públicos “en uso de su libertad de expresión” o en el ejercicio de sus funciones públicas.
“Así esta reforma altera el concepto de propaganda gubernamental, contraviniendo el precepto constitucional que establece que toda propaganda gubernamental debe suspenderse durante las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral. Las expresiones de gobernantes a favor o en contra de candidatos podrán realizarse al amparo de esta legislación que, sin embargo, es contraria a los artículos 41 y 134 constitucionales”, indicó.
Cabe destacar que las reformas legales en materia electoral (Plan B) que aprobó una mayoría de Morena en el Congreso de la Unión, establece cambios a la Ley General de Comunicación Social y Ley de Responsabilidades Públicas, las cuales ya fueron promulgadas, y están pendientes de promulgarse los cabios a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley de Partidos Políticos, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.