Estas son las razones de los ministros para invalidar la segunda parte del «Plan B» electoral, impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
EXPANSIÖN POLÏTICA por Guadalupe Vallejo
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó de forma definitiva el llamado «Plan B» electoral, impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, por lo que las elecciones federales del 2024 se realizarán con las leyes electorales anteriores.
Este jueves, una mayoría de ministros invalidó la segunda parte del plan, con los mismos criterios y votación –nueve votos a favor y dos en contra– con los que echaron atrás la primera parte de ese plan, el 8 de mayo pasado.
En este sentido, ya no se podrán modificar las leyes electorales que regían hasta antes de la entrada en vigor del decreto publicado el 2 de marzo pasado, hasta que concluya el proceso electoral del 2024, que dará inicio la primera semana de septiembre.
La iniciativa de AMLO
En abril de 2022, el presidente presentó oficialmente su iniciativa de reforma electoral con la que, argumentó, buscaría instaurar una democracia limpia y evitar “más fraudes” en el país.
Este dictamen se convirtió en el «Plan A» de López Obrador, sin embargo la reforma no prosperó y el 6 de diciembre de 2022 el pleno de la Cámara de Diputados la desechó con 269 votos a favor, una abstención y 225 votos en contra.
El Ejecutivo Federal anunció el 29 de noviembre de 2022 un paquete de reformas a leyes secundarias para modificar el sistema electoral, el cual, insistió, tenía como propósitos fundamentales: disminuir el costo de las elecciones y “desterrar” los fraudes electorales.
Las impugnaciones
Por separado, el bloque opositor en el Congreso de la Unión, así como el INE, el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INA), además de otros actores políticos, incluso, organizaciones sociales, impugnaron ambas partes del «Plan B».
Durante la discusión de la primera parte del «Plan B» se invalidó el Decreto publicado el 27 de diciembre del 2022, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En la segunda parte se invalidó el decreto publicado el 2 de marzo pasado, que reformó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y que expidió la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
“En el apartado relativo al estudio de fondo se determinó que resultaban fundados los conceptos de invalidez relacionados con el procedimiento legislativo e incluso parcialmente fundado el relacionado con la falta de consulta tanto a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a las personas con discapacidad”, indica el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, que se discutió y aprobó durante la sesión pública de este jueves
El «Plan B» aprobado al finalizar el año fue suspendido luego de que el ministro de Laynez admitió una controversia constitucional que presentó el INE, contra el adelgazamiento de su estructura.
El 7 de junio la Corte desechó los recursos de reclamación promovidos contra la admisión a trámite de la controversia constitucional 261/2023, promovida por el INE contra la segunda parte del «Plan B electoral», con lo cual se mantuvo vigente la suspensión de todo el decreto, ordenada por el ministro Javier Laynez el 24 de marzo pasado.
Durante ese lapso, la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República interpuso diversas quejas contra las resoluciones de los jueces que ordenaron la referida suspensión temporal de la reestructuración del INE. La aplicación de dichas reformas quedó en suspenso.
Suspensión del «Plan B»
El 8 de mayo pasado, por una mayoría de nueve ministros, la Corte invalidó la primera parte del «Plan B», al considerar que sí existieron “claras violaciones” al proceso legislativo.
Además, se determinó que el Congreso se “saltó” un procedimiento legislativo ordinario, con lo que se transgredió el principio de deliberación democrática.
Durante la sesión de este jueves, el ministro ponente Javier Laynez defendió esos argumentos al señalar que el Congreso debió motivar la urgencia de omitir ciertos trámites parlamentarios, sobre todo el de dictaminación, por lo que insistió en que hubo una violación al proceso legislativo,
Destacó que la iniciativa no se publicó con la debida anticipación ni en la Gaceta parlamentaria, además de que los diputados no fueron informados del contenido hasta el momento en el que dio inicio la sesión.
“No hay ningún elemento en el expediente ni en el análisis de que se distribuyó la iniciativa…por lo tanto resulta claro y evidente que sí se violó el principio de deliberación democrática porque no había manera que los legisladores supieran qué es lo que estaban votando”, expresó.
Las acciones de inconstitucionalidad y sus acumulados fueron promovidos por los partidos Movimiento Ciudadano (MC), de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), diputados y senadores del bloque opositor y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Argumentos en contra
La ministra Loreta Ortiz Ahlf dijo en su intervención que los legisladores si conocieron la iniciativa y estuvieron en posibilidad de pronunciarse.
“No comparto las razones de invalidez del decreto impugnado… no comparto que las irregularidades que se analizan tengan un potencial invalidante”, expresó.
La ministra Yasmín Esquivel se sumó a la propuesta de Ortiz Alfh, al considerar que las irregularidades que se analizan no implican la invalidez del decreto y, el hecho de que se queden solo con “exámenes superficiales”, solo le resta credibilidad a la Corte.
“Me parece que hoy vamos a emitir una resolución sin resolver el fondo del problema, al invalidar por vicios de forma más de 450 normas sin siquiera mencionar, o al menos analizar, si cada uno de los artículos está apegado o no a la Constitución”, comentó.
«Quedarnos en este tipo de exámenes superficiales, los cuales, por cierto, cada vez más frecuentes, me parece que nos resta credibilidad, especialmente en esta materia, la electoral, en la que los actores políticos y la ciudadanía esperan de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una labor sustantiva, de mayor profundidad y no de un mero cotejo y palomeo de los formalismos procedimentales que acontecen en el quehacer cotidiano en los órganos legislativos”, comentó.
Argumentos a favor
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá respaldó la invalidez de todo el decreto impugnado, al considerar que contiene los mismos vicios de la primera parte del «Plan B» electoral, discutido el 8 de mayo y que también fue invalidado por irregularidades en el proceso legislativo.
“Votaré a favor de la propuesta por dos razones precisas, dado que compartió el primer tramo del pasado 8 de mayo”, anotó.
González Alcántara Carranca indicó además que la segunda parte del «Plan B» compartió los mismos vicios legislativos: «Por congruencia y por convicción debo manifestarme en contra del proyecto”, anotó.
El ministro Luis María Aguilar dijo que en el decreto publicado el 2 de marzo se acreditan múltiples violaciones al proceso legislativo.
“Yo estoy de acuerdo con la propuesta de declarar la invalidez total de decreto impugnado, tal y como lo hice (en la primera parte del «Plan B»), de ahí que voto a favor de declarar la invalidez de todo el decreto”, resaltó.
Aguilar Morales resaltó que los ministros deben actuar en todo momento dentro de los límites que impone la Constitución.
De acuerdo con el ministro Alberto Pérez Dayán, cada una de las cámaras del Congreso de la Unión tomó para sí un segmento de la iniciativa y lo aprobó de manera individual, lo que viola el proceso legislativo.
“No se puede ser deferente con nadie si lo que se viola es la Constitución, esa que todos nos comprometidos a guardar y a hacer guardar”, detalló.
“Subordinar la función de este Tribunal Constitucional a tales acuerdos políticos es no entender, sinceramente, el compromiso que la Norma Suprema nos impone como integrantes de este Alto Tribunal”, resaltó.
La ministra Norma Piña resaltó que al margen de no compartir todas las violaciones invalidantes del proyecto, dado que en su opinión, no afectan o no tienen el vicio de invalidar la norma, lo respaldó al considerar que como Tribunal Constitucional se debe tener «congruencia» en las decisiones.
Al emitir un voto concurrente, enfatizó que la misión del Tribunal Constitucional es hacer prevalecer la Constitución que rige en el país.
“Considero que la auténtica democracia deliberativa en el parlamento sólo puede construirse con las reglas que el mismo legislador se ha impuesto conforme a nuestro propio orden constitucional”, mencionó.
El ministro Arturo Zaldívar recordó que en el 2010 fue la primera ocasión que le tocó pronunciarse sobre el tema de violaciones al procedimiento legislativo.
“He venido sosteniendo reiteradamente, que este es un tema particularmente delicado, que se tiene que analizar con cuidado y que solamente nos es dable invalidar un proceso legislativo cuando los vicios al procedimiento son graves y tienen un contenido invalidante que afecta el debate y la discusión deliberativa democrática”, destacó entonces.
“De tal suerte que yo estoy con el sentido del proyecto y la invalidez se llega (desde mi punto de vista) por las razones que expresé en ese asunto, que creo que no tendrá caso volver a repetir el día de hoy”, expresó Lelo de Larrea.
Durante la sesión, los ministros Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo también avalaron el proyecto de Laynez.
Sentido de los votos:
A favor del proyecto
Javier Laynez Potisek
Juan Luis González Alcántara Carrancá
Luis María Aguilar Morales
Alberto Pérez Dayán
Norma Piña Hernández
Jorge Mario Pardo Rebolledo
Ana Margarita Ríos Farjat
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea
En contra del proyecto:
Yasmín Esquivel Mossa
Loretta Ortíz Ahlf